QUÉ ES
Tiene por objeto fi nanciar la realización por
parte de los Ayuntamientos de inversiones generadoras
de empleo y actuaciones de carácter
social, de competencia municipal, que contribuyan
a la sostenibilidad económica, social y
ambiental.
El Real Decreto del 23 de octubre de
2009 regula el Fondo
QUÉ SE PUEDE FINANCIAR
El Fondo forma parte de uno de los ejes del
Plan E da continuidad a los instrumentos que
el Gobierno ha puesto en manos de los Gobiernos
Locales para que contribuyan a superar
la crisis económica y favorecer un nuevo
modelo económico.
Es la continuación del Fondo de Inversión Local
2009 del PlanE.
5.000 millones de euros para fi nanciar proyectos de los ayuntamientos también en materia turística
PROYECTOS DE INVERSIÓN PROGRAMAS SOCIALES
CONTRATOS DE OBRA QUE SEAN DE
COMPETENCIA MUNICIPAL
Se fi nancia el contrato de obra, así como la
redacción del proyecto y la dirección de las
obras, se pueden incluir también contratos de
suministro para equipamiento e instalaciones
de las obras fi nanciadas.
CONTRATOS DE SUMINISTRO
Para la adquisición de equipos y sistemas de
telecomunicaciones y para el tratamiento de
datos, así como sus dispositivos y programas.
CONTRATOS DE SERVICIOS
Para la implantación y desarrollo de sistemas
y programas informáticos, dirigidos a la implantación
de la Ley 11/2007, de 22 de junio,
de acceso electrónico de los ciudadanos a los
servicios públicos.)
Todos los ayuntamientos de España
podrán presentar proyectos con
cargo a este fondo
Dos tipos de actuaciones:
Gastos corrientes vinculados a programas
relativos a educación, servicios de atención a
personas en situación de dependencia y derivados
de prestaciones de servicios sociales
y de Promoción de la Autonomía Personal y
reinserción social.